martes, 29 de diciembre de 2009

NOTICIA Y MEDIA...



GUICHON TRAS LA AUTENTICA DEMOCRATIZACION.

Lo que se discute hoy  es uno de los postulados artiguistas màs genuinos, el del cabildo y el de las Asambleas horizontales.- Hay poderosos intereses polìticos para que este règimen, votado en la ùltima reforma constitucional, no se lleve a cabo: EL DE LA DESCENTRALIZACIÒN.
Hay cinco puntos fundamentales en esta ley que descentraliza al paìs:  Cambio en la conducciòn y definiciòn de los pesos estratègicos de los ministerios y componentes tècnicos;  bùsqueda de los recursos humanos; creaciòn de sistemas de informaciòn; el acercamiento a la ciudadanìa a travès de la creaciòn de los Centros de Atenciòn al ciudadano y la PARTICIPACIÒN CIUDADANA.
¿De que estamos hablando?... Y la gran noticia para los guichonenses es que: "No solo hay que hablar de la descentralizaciòn econòmica o gràfica, sino de la descentralizaciòn Polìtica, con participaciòn ciudadana y con elecciòn directa, voto secreto y representaciòn proporcional.
Estos  gobiernos locales se instalaràn despuès de las elecciones nacionales junto a los ediles departamentales y  para el 1º de Enero de 2011 entrarà en vigencia su propio presupuesto del quinquenio.
El poder centralìsta en el Uruguay tiene una historia de 200 años.- Es ese mismo poder centralìsta donde  todo "se cocina"  del "otro lado del Trebol"  de  Paysandù.- Es el mismo centralìsmo que transpone rubros aprobados en el presupuesto quinquenal para invertir en el interior, sin dar explicaciones hacia donde se canalizan.
Abre este sistema un espacio de diàlogo fermental con todos los actores polìticos, jerarquizando el interior profundo y local.- Con este sistema se prioriza la democracia, obligando a los partidos polìticos a cohabitar democràticamente y establece a los Intendentes, como nunca,  como  gobernantes departamentales.
Con este sistema no hay "cucos" ni misterios.- Los Municipios seràn integrados por cinco miembros y sus cargos seràn de caràcter electivo.- Seràn distribuidos por el sistema de representaciòn proporcional integral y su règimen de suplencias serà el mismo que en las Juntas Departamentales. El primer titular de la lìsta màs votada del lema màs votado dentro de la respectiva circunscripciòn  territorial se denominarà alcalde y presidirà el Municipio. Los restantes miembros se denominaràn consejales y seràn de caràcter honorario. Este cuerpo tiene todas las potestades administrativas y de contralor.  Sin duda un cargo de gran responsabilidad,  ya que deberà de ordenar gastos o inversiones de conformidad con lo establecido en el presupuesto quinquenal o en las respectivas modificaciones presupuestales y en el respectivo plan financiero, asì  como en las disposiciones vigentes, asì como aplicar las multas y transgresiones a los decretos departamentales y cuyo contralor se les asigne.-

Hasta aquì,  algo de lo que prometemos ìr profundizando.- Nuestro tratamiento en el tema es constante y para el año pròximo abriremos espacios de  debate, pensando que es el  sistema màs democràtico de entendimiento para una sociedad que desde su fundaciòn ha vivido sumergida y dependiente de un poder cada vez màs centralista ejercido desde Paysandù y por cierto avasallados por Montevideo.

No hay comentarios: